La institucionalización de las entidades dedicadas a velar por la cultura en el país se ubica a lo largo de la historia republicana, sin embargo, fue a partir de la creación de la Constitución de 1950 que se logró un mayor impulso, pues desde ella se legalizó la intervención del Estado en la economía, el bienestar social, la educación y la cultura.¹Ya antes, en tiempos de Salvador Castaneda Castro, el Ministerio de Instrucción Pública había pasado a llamarse Ministerio de Cultura, pero fue bajo la titularidad de Reynaldo Galindo Pohl que aparecieron entidades encargadas, comenzando con la Dirección General de Bellas Artes (1951), con los departamentos de Letras, Artes Plásticas, Música, Teatro y Danza, así como con la integración a esta visión de trabajo de otras entidades existentes relacionadas al quehacer cultural del país.²En los últimos tiempos, la institución de Cultura está signada por la creación del Consejo Nacional para la Cultura y el Arte (CONCULTURA),³ entidad que, en 2009, se convirtió en una de las secretarías de presidencia, mediante modificación del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo.4Para el periodo 2014-2019, la Secretaría de Cultura de la Presidencia (SECULTURA) alcanza un nuevo brío al ser incluida como objetivo 8 del Plan Quinquenal de Desarrollo, que dicta trabajar por la cultura reconociéndola como derecho, factor de cohesión e identidad y fuerza transformadora de la sociedad en su marcha hacia el buen vivir, y desde el cual interesa impulsar una política inclusiva, que pasa por el reconocimiento de la multiculturalidad.5Dicha visión se concreta en la creación de una primera ley para el ámbito cultural, la Ley de Cultura,6 que tiene por objeto establecer el régimen jurídico que desarrolle, proteja y promueva la cultura, así como los principios, definiciones, institucionalidad y marco legal que fundamenta la política estatal.En ese marco, el 18 de enero de 2018, en Consejo de Ministros se aprobó una nueva reforma en el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo que hace posible la creación del Ministerio de Cultura7 (MICULTURA), oficializado mediante un acto el día 19 de abril del mismo año.Con el afán de acercarnos a la población en general a través de la llamada comunicación 2.0, MICULTURA mantiene espacios de interacción a través de las redes sociales, en donde se cuentan miles de seguidores de Facebook, Twitter e Instagram.
Ver Constitución Política de la República de El Salvador de 1950, creada en el periodo del Consejo de Gobierno Revolucionario, la cual comprende un tercer capítulo dedicado a cultura en el art. 197 y que en su art. 17 decreta la creación de un presupuesto que priorice la cultura.
Knut Walter, Las políticas culturales del Estado salvadoreño, 1900-2012 (San Salvador: Fundación AccesArte, 2014), 77.
Creado el 20 de septiembre de 1991 mediante el Decreto Ejecutivo n.º 55 (Diario Oficial n.º 206, tomo 313, del 4 de noviembre de 1991).
Ver Art. 53 F de las reformas al Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, en Decreto n.º 8 publicado en el Diario Oficial n.º 117, tomo 383, del 25 de junio de 2009.
Ver documento El Salvador Productivo, educado y seguro, Secretaría Técnica y de Planificación, enero de 2015, pp 169-176.
Decreto n.°442, Ley de Cultura, vigente desde el 28 de noviembre de 2016 (Diario Oficial n.° 159, tomo 412, del 30 de agosto de 2016). Puede descargarse en http://www.cultura.gob.sv/descargar/17348/.
Modificación del art. 28, numeral 14, del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, y adición del art. 45-C, publicado en el Diario Oficial n.° 12, tomo 418, del 18 de enero de 2018.
ATRIBUCIONES DEL MINISTERIO DE CULTURA
Son atribuciones del Ministerio de Cultura*:1) Velar por el cumplimiento de la Ley de Cultura como ente rector de la misma; así como velar por el cumplimiento de la Ley Especial de Protección al Patrimonio Cultural de El Salvador, al igual que sus respectivos Reglamentos.2) Actualizar, promover y facilitar el desarrollo de las políticas públicas en materia de cultura, incluyendo la relación con otras instancias gubernamentales.3) Potenciar la participación de los distintos sectores sociales en el quehacer cultural y artístico nacional.4) Potenciar la memoria histórica y fortalecer los procesos identitarios a nivel local y nacional.5) Facilitar el acceso a la información cultural.6) Propiciar el desarrollo de una cultura de paz y respeto a los valores humanos, a través de procesos culturales y artísticos.7) Diseñar y ejecutar la territorialización de las políticas públicas en materia de cultura, a través de instancias como casas de la cultura, museos y red de bibliotecas públicas, entre otras.8) Estimular el diálogo y el trabajo intersectorial desde la cultura.9) Propiciar las relaciones culturales y artísticas con países amigos, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores.10) Desarrollar la investigación histórica, cultural y artística nacional.11) Fomentar la lectura y la convivencia, a través de la red de Bibliotecas Públicas.12) Incentivar la creación artística y la producción de obras, espectáculos y muestras de las distintas manifestaciones de las artes.13) Garantizar el adecuado funcionamiento de los espacios artísticos y culturales administrados por el Ministerio de Cultura.14) Incrementar y fortalecer la producción bibliográfica nacional.15) Fomentar y coordinar los procesos de conservación, protección, valorización, restauración, preservación y difusión del patrimonio cultural, histórico documental y natural del país.16) Salvaguardar el patrimonio cultural inmaterial de las comunidades.17) Ejercer la rectoría de los procesos relacionados con el desarrollo socio cultural de los pueblos indígenas.18) Apoyar las iniciativas culturales inclusivas.19) Acompañar los procesos participativos de concertación para la cultura y las artes.20) Estrechar y desarrollar vínculos culturales con la comunidad salvadoreña en el exterior, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores.21) Propiciar el desarrollo de la formación artística y cultural formal, no formal e informal, en las distintas disciplinas, en coordinación con las instancias pertinentes.22) Gestionar recursos financieros que contribuyan a la realización de los proyectos del Ministerio de Cultura, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores, en lo atinente a recursos internacionales o con las instancias que corresponda, en atención a la naturaleza de los recursos.23) Apoyar iniciativas en materia cultural, promovidas por entidades independientes, no gubernamentales, asociativas o privadas.24) Recolectar y sistematizar estadísticas culturales a nivel nacional25) Organizar su propia estructura idónea para cumplir las atribuciones que le competen y las políticas que al efecto se formulen.26) Las demás atribuciones que le asigne el Presidente de la República o que le sean conferidas por el ordenamiento jurídico del país.
MISIÓN
Asegurar el derecho a la cultura y al fortalecimiento de las identidades salvadoreñas, ejecutando la rectoría de la protección, conservación, difusión del patrimonio cultural y las expresiones artísticas.
VISIÓN
Ser la institución que garantiza el derecho a la cultura como factor de identidad y cambio social.
VALORES
RespetoReconocimiento de los derechos, opiniones y diferencias, sin importar credo, etnia, religión, sexo, orientación sexual, posición ideológica y estatus.
LealtadEnmarcar el comportamiento laboral en relación al cumplimiento de las normativas aplicables a la institución.
CompromisoDeberes y obligaciones adquiridas por el personal para la realización de las diversas actividades, en cumplimiento de las funciones asignadas.
LegalidadGuardar fidelidad en el cumplimiento de la misión y visión.
ProbidadComportarse con honestidad, decoro, integridad y rectitud, asumiendo los valores, principios, objetivos y resultados institucionales planteados.
Medioambiente, salud ocupacional y seguridadDesarrollar acciones que aseguren el cumplimiento de la política ambiental y seguridad e higiene ocupacional de la institución.
Voluntad de servicioActitud y aptitud para destinar todas las capacidades y potencialidades al servicio social, así como a la atención de la demanda de la ciudadanía de manera oportuna y efectiva.
TransparenciaFacilitar el acceso a la información del quehacer administrativo y cultural.
LaicidadRespeto a todas las formas de creencia, que las personas puedan ejercer su libertad de creencia o no creencia sin imposición, admitiendo la diversidad religiosa como un bien público. En esta perspectiva la creencia es libre, pero solamente compromete al creyente.
Lenguaje inclusivoUn vocabulario apropiado para que el lenguaje sea una herramienta de sensibilización y promoción de respeto de toda la sociedad.
LEY DE CULTURA
Compartimos el documento de la Ley de Cultura publicada en el sitio web de la Asamblea Legislativa www.asamblea.gob.sv442
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41211/08/201630/08/2016Resumen: Tienen por objeto establecer el régimen jurídico que desarrolle, proteja y promueva la cultura, así como los principios, definiciones, institucionalidad y marco legal que fundamenta la política estatal. (Entró en vigencia el 28/11/16).Descargar la ley